Derechos del Consumidor: Es lo que hay

Hoja reclamacionVivo en España desde hace 29 años, que son exactamente los mismos que han transcurrido desde que nací. En multitud de ocasiones he intentado acostumbrarme a esta filosofía de vida tan nuestra que reza “¡Es lo que hay!” cada vez que algo no funciona, pero afortunadamente todavía me emociona la idea de pensar que las cosas pueden cambiar.

Si echamos un vistazo a Europa y nos acercamos al trato que los consumidores reciben por parte de las empresas que operan en los países vecinos, rápidamente nos damos cuenta de que estamos solos. España, con la Ley bajo el brazo, alardea de proteger a sus ciudadanos frente a las prácticas abusivas de algunas empresas. El caso es que existen mecanismos de defensa del consumidor, pero por algún motivo no funcionan o son tan desgastantes que uno rápidamente decide evitarse dolores de cabeza y pensar ‘¡Es lo que hay!’.

Hace un tiempo pataleaba porqué MediaMarkt me entregó un móvil HTC defectuoso que tardaron 5 meses en reparar (y que me devolvieron 3 veces con piezas rotas). Cuando conseguí solventar ese problema, adquirí un iPhone en una tienda Movistar, donde me obligaron a contratar un servicio que no quería y que podría dar de baja al día siguiente, como condición para entregarme un el teléfono (ese es su modo de colar altas cuando te engañan con la disponibilidad del aparato) y al intentar darlo de baja se negaron. Unos meses después me mudé de piso y volvieron las “irregulares” prácticas de algunas empresas. Endesa nos obligó a contratar la máxima potencia (9,2kW) que soporta la instalación para dar de alta la luz. Y ahora, mi última aventura me lleva a estar 2 meses sin conexión de Internet en casa, porqué Ya.com y Movistar no paran de pasarse la pelota sobre quién debe solucionar una avería.

Imaginad cuántas horas de mi vida invierto en “patalear” con tal de no conformarme con pensar que este país es así y ¡es lo que hay!. Cuando reclamas en la empresa, o te cierran las incidencias inventándose que el problema está solucionado o que no te han podido localizar. Si pides escalar el problema a una queja formal, ésta nunca a llega a los supervisores de los departamentos. Cuando se trata de las Administraciones, a menudo su respuesta es que ellos no conocen la normativa, que es responsabilidad de otra área (incluso aquí se pasan la pelota) o simplemente asumen que la empresa está incumpliendo las Leyes y te invitan a que reclames por tu cuenta. Cuando acudes a las organizaciones de defensa del consumidor, la cosa suele terminar en que la empresa no se adhiere al arbitraje de consumo o en que, teniendo el consumidor la razón, la única vía es denunciar a la empresa.

Al final, la culpa no es ni de las empresas ni de las Administraciones. Es culpa nuestra por no exigir que las Administraciones y organizaciones públicas de defensa del consumidor cumplan sus obligaciones, por quejarnos a grito limpio en lugar de inundar a los departamentos oficiales de consumo de reclamaciones y, sobretodo, por tener tan arraigada la costumbre de asumir que lo normal es que las cosas no funcionen y nos soseguemos pensando que ¡es lo que hay!.

Derechos fundamentales en Internet

Ante la inclusión en el Anteproyecto de Ley de Economía sostenible de modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet manifestamos nuestra firme oposición al proyecto, y declaramos que:

  1. Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
  2. La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
  3. La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
  4. La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
  5. Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
  6. Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
  7. Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
  8. Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
  9. Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
  10. En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.

Fuente: edans.com