Licitud de la cesión de datos personales

Sin lugar a dudas la red se ha convertido en una herramienta de gran potencial para traficar con todos nuestros datos, tanto personales como relacionados a nuestras costumbres en la red. No por ello adquieren un protagonismo especial frente a los métodos tradicionales, que por otro lado no han cesado de comercializar con nuestros datos personales.

Dado que este es un tema de gran impacto social, prácticamente todos los emisores incluyen una nota legal con la aceptación para la cesión de los datos personales, evitando así incurrir en prácticas ilícitas (legalmente hablando; poco éticas por otro lado). La realidad es que todos estos datos suponen una fuente de ingresos especialmente jugosa y una arma de primera línea para fortalecer las actuaciones de marketing de las empresas.

Probablemente podríamos analizar la cesión de datos en diferentes capas, dependiendo de su gravedad: comparemos la divulgación de una dirección de correo electrónico con la divulgación de nuestros datos bancarios. Los fines y los daños seguramente serán muy distintos.

¿Qué sucede si nosotros mismos (los usuarios) somos los que divulgamos estos datos y propiciamos la cesión -quizás lícita en este caso- de datos tales como nombres, apellidos y correo electrónico? Estamos hablando de las cadenas de correos.